CEMENTERIO SAN JERÓNIMO DE CÓRDOBA (Argentina) Datos históricos, Leyendas y Anécdotas

DATOS HISTÓRICOS: Sobre el lugar del emplazamiento que debía tener el cementerio, que se proyectaba había referencias al Pueblito. también se supo hablar (1813) para este mismo fin de un lugar próximo a la quinta Santa Ana estaba fuera de los confines de la ciudad de entonces y constituyó como posesión de los jesuitas antes de la expulsión de 1767, el lugar preferido donde se dirigían una vez por semana para pasar un día de campo los alumnos y maestros del colegio mayor. José A.de Gutierrez y Ceballos natural de Burgos, hijo legítimo de Don juan de Gutierrez y Ceballos y de Doña María de Quijano y Vargas, ambos de reconocida nobleza en España, fue un joven estudiante interno del colegio militar del rey y obtuvo el grado de licenciado en Salamanca. Nombrado para el puesto de inquisidor apostólico para el tribunal de Cartagena en las indias occidentales en 1710, lo fue también en Lima en 1718 hasta el 22 de agosto de ese año.
Cuando el obispo Sarricolea y Olea partió de Córdoba para tomar posesión del obispado de Chile el 6 de diciembre de 1731, el 17 de diciembre de ese año se llamó a sede vacante en Córdoba y el 20 de diciembre de ese año llegó la cédula, en que su majestad hacía la merced del obispado en favor de José A. de gutierrez  y Ceballos, fechada en Granada el 31 de marzo de 1730. Las bulas fueron despachadas por el Papa Clemente XII el 22 de mayo de 1732. Consagrado en la metrópoli de Lima por el arzobispado Francisco Escandonel el 6 de julio de 1732, emprendió viaje a su diócesis de Córdoba el 4 de febrero de 1733 y el 1 de junio fue solemnemente recibido en su catedral.
El nuevo obispo empezó su visita pastoral acompañado de misioneros llegando hasta las regiones donde tenían sus viviendas los infieles Vilelas. Trabajó para su conversión para que ellos así formados sirviesen de modelo a los demás indios de Chaco.
Según el padre Grenón algunos pocos Vilelas fueron traídos como cautivos a Córdoba, donde con el correr de los años se acrecentarían en número.
Hay en la actualidad en el Chaco un puerto fluvial Vilela, que recuerda este nombre muy probablemente relacionado con estos indígenas homónimos.
"Año 1670 ("Historia de córdoba" de Rodolfo de Ferrari rueda): trasplantados de sus lejanas tierras de los Valles Calchaquíes, despues de ser dominados por los españoles en cruenta y larga guerra -en cual el famoso cacique Irán tuvo que capitular- llegan a Córdoba indios Malfines y Quilmes, y se les da por sede, lo que hoy es Pueblo Alberdi, originariamente denominado "El Pueblito" y después "La Toma". "este núcleo indígena fue la base de su fundación".
"El Cabildo de Córdoba les asigna en sesión del 25 de setiembre de 1671: Tierras y agua..."
En 1736 dice Ferrari:
"Llegan a Córdoba indios Vilelas, del Chaco, traídos por el obispo Dr. José de Gutierres y Ceballos, con los cuales se funda "Reducción" en el actual departamento colón".
Más de las cincuenta personas de las principales, que representaban aquellas tribus recibieron los sacramentos del bautismo, confirmación y penitencia de manos del obispo Gutierres y Ceballos.
Los indios Vilelas son los que vivían en lo que actualmente en Córdoba es reconocido con el nombre del Pueblito, cuya primera capilla u oratorio, que tuvieron, ha sido conocido con el nombre de Santa ana y que sus muros han existido hasta hace poco años. Esto está conforme con lo que escribió en el siglo pasado el ilustrado canónigo Esquibel en su publicación biográfica de los obispos de córdoba, que hizo en un periódico titulado: "El Católico", donde refiere que el obispo Gutierrez y Ceballos ..."formó y adelantó mucho la reducción de los indios Vilelas, la cual según testimonios de personas fidedignas...se fundó en el lugar que ahora se llama Santa Ana, hasta muy inmediato al pueblito. Aun se ven los vestigios de la capilla u oratorio, en que muchas veces el mismo Hmo. Prelado se ocuparía quizá en doctrinar a los indios y administrarles los santos sacramentos.
"Todas esa tribus de indios mencionados, como las demás, que habrán existido sobre las margenes del Río Primero, en las que está situada la ciudad de Córdoba: todas son civilizadas, conocidas si, con el nombre vulgar de indios del Pueblito" (Rafael Moyano.cap. XII, pág.376)
Estos después de haber sido civilizados, no han carecido de industrias; habiéndose distinguido principalmente por la de cortar y quemar materiales para la construcción de obras. Primero en hornos y después por otros procedimientos más sencillos, que les demandaba menos gastos que aquellos.
Pero esta clase de industria de pocos años a esta parte, a pesar de haber sido tomadas por otras personas de mayores responsabilidades y recursos, sin embargo ellos han continuado y continúan ejerciendolas con mayores ventajas que antes, descendientes de aquellos indígenas hay actualmente rostros que no desmienten su origen. Se recuerdan anécdotas del "Cacique Villafañe", alto, cobrizo, a quien los niños lo veían "imponente como una pirámide Egipcia".

ENTRE LOS AÑOS 1838 - 1843: Córdoba en 1838 tenía 14.188 habitantes y dicen las crónicas que una epidemia de escarlatina en ese mismo año diezmó la población e hizo pensar a la autoridad en la fijación de un perímetro único para cementerio. Con laudable criterio el Gobernador López solicitó la opinión autorizada de dos médicos antes de proceder ejecutivamente.
Son interesantes los informes de los técnicos Dres. Pablo Pastor y Enrique Gordon, porque traducen ideas y doctrinas originales aplicadas al caso "sub-judice".
No estuvieron conformes los médicos con la elección del lugar y así se vio postergada la fundación.
Fue necesaria otra epidemia, esta vez de viruela, para dejar definitivamente establecida esta obra social.
En 1843 aquel flagelo azotó a Córdoba y fueron tantos los fallecidos que los "párvulos eran llevados a los cementerios de los conventos en las bateas que servían para la venta de empanadas", dice Ignacio Garzón en "Crónica de Córdoba". T. 3, pág. 150, razón más que suficiente por la que muy pocos compraran en adelante y por algún tiempo tan apetitoso plato dominical.(Bibl. Univ. Nac. Córdoba. Ignacio Garzón: "Crónica de Córdoba")
El 19 de abril de 1943 el Poder Ejecutivo ordenó la creación del actual cementerio bajo la advocación de San Jerónimo. El sitio estaba ya cercado a esa fecha y en el se había muerto y enterrado al Dr. Fermín Manrique (I. Garzón, ob. cit.) célebre en los horrores de la tiranía (Ignacio Garzón: "Crónica de Córdoba". tomo III, cap. 29)
Su superficie encerrada entre muros de mampostería medía 65.000 m2 y hallábase entonces en despoblado y hacía el poniente de la ciudad. Sobre su emplazamiento y en razón d e la orientación y naturaleza del terreno, el higienista córdobés Prof. José M. Alvarez expresa su opinión favorable "porque a ello, dice'ha precedido un perfecto conocimiento de la localidad que iba a servir". (José M. Alvarez: La lucha de la salud, pág. 13 Libro 155. Año 1838, Letra A). Su inauguración y entrega al servicio público tuvo lugar el 15 de septiembre de 1843, produciéndose los documentos, que se citan.
Desde 1843 hasta 1892 fue el único cementerio que tuvo la ciudad. 
En él habíanse inhumado hasta 1858, según cifras dadas por el Dr. Alvarez, 11.141 cadáveres.
Desde 1858 hasta la fecha del 15 de septiembre de 1916, según Dr. Felix Garzón Maceda, el cementerio San Jerónimo ha recibido 10.437 cadáveres más, según los datos oficiales.

1838 - La nota del Gobierno (Arch. de Gobierno, Leg. 14, Libro 155, Año 1838, Letra A.) a los Dres. Pablo Pastor y al Protomédico y Médico del Estado Dr. Enrique Gordon, consulta si el lugar denominado Puesto de Alfaro, hoy al parecer Altos del Observatorio era un solar "aparente" o adecuado para cementerio. Ya en 1813 el 1° de julio se hizo referencia a este punto y para el mismo fin por parte del Cabildo al Cnel.Francisco Javier Viana, Gobernador y que se ubicaría por "las quintas llamadas de Santa Ana o Alfaro" y firmaban esta nota los señores: Hipólito García Posse, José Orencio Correas, Felipe Gomez , Pascual Bailón Galán, Dr. Marcelino Tissera, José Mariano Allende, Benito Lozano y Justo Dadiva Verá V.S: asciende a  la cantidad de 14.956 $ 27 reales como lo demuestra la nota adjunta. Córdoba, enero 7 de 1805 Francisco Manuel Lopez.

REGULACIÓN DEL COSTO QUE PODÍA TENER EL CEMENTERIO PROYECTADO FUERA DE LA POBLACIÓN DE ESTA CIUDAD: El terreno al parecer no costaba mucho, debía ser fiscal o "primicapientis", de él no se dice nada.
368 varas que debe medir la cerca con 70 varas en el frente los mismos en el fondo y 774 por cada costado, fábrica en mampostería y ladrillos de dos pies de espesor , la altura total cuatro varas incluso dos pies de cimientos y 7 el caballete o varanda que a razón de 6 pies por vara cúbica porta. $ 5.888
La capilla según las proporciones que indica el plano y proporciones y elevación de su fachada, pórtico y sus enmaderados todo de la misma fábrica que el muro o cerca, regulo en $3.700. Las demás piezas accesorias para capellán, sepulturero y sacristía de la misma construcción que la anterior costará $1000.
El pórtico de la entrada del cementerio con los pilares decoración que presenta el diseño y puerta de rastrillo   $725. Los pretiles que circuyen los cuadros en que se han de levantar las sepulturas, que tendrán un pie de ancho y 1/2 de alto incluso su cimiento, su total extensivo en los cuatro cuadros 377 varas y 1/2 a 8 reales cada vara $377 1/2. Las carreras de ladrillo puestas de canto con que se señalan los cuadros de la sepulturas asciende a 22.000 a razón de 8 pesos por millar importan $176. El pozo para osario situado en el medio del recinto con cubierta sobre pilares como lo indica el diseño $150. Como este proyecto se ha de establecer como a un cuarto de legua retirado de las poblaciones, consiguiente es se originen más gastos que los regulados en conducciones, aumentos de salarios y alimento de todos los obreros para que no tengan que venir a la población con atraso del trabajo y se debe pagar sobre estante que atienda a la obra con alguna insistencias tengo por conveniente aumentar el costo en la cuarta parte de la suma de arriba y serán $3.000 pesos, total $14.956 1/2. De manera que según se demuestra asciende el total a catorce mil novecientos cincuenta seis y medio real. Córdoba, enero 11 de 1805. Francisco Manuel y López.
El mayordomo de fábrica Don Felipe Antonio Gonzáles negóse a producir los informes requeridos con instancias; y recién en junio se dirigió al señor Gobernador intendente declarando que "el ingreso que de sepulturas recibía la Iglesia Catedral ascendía a ciento cincuenta un año con otro calculado sobre diez".
El procurador Fiscal Don Ambrosio Funes, en vista de fecha enero 19 del mismo año 1805 manifestaba que dado aquel informe no hallaba arbitrio para aconsejar el establecimiento de tan recomendable obra, "supuesta la pobreza de este pueblo y la miopía de su ingreso de sepulturas, necesitándose cerca de quince mil pesos para realizarle".
El cabildo se conformó con lo expuesto por su síndico y devolvió el expediente al Gobernador y en consecuencia quedó postergada para mejor oportunidad la construcción del cementerio fuera del poblado.
1813.- Otro intento del Cabildo sobre lo mismo y que fracasó una vez más. Las razones económicas tenían entonces su importancia. (Archivo de Gobierno- Libro 27 A. - 1805. Exp. 26.) El señor Provisor y Vicario General del Obispado escribió al Excmo.
Sr. (?) en fecha del prescripto 13 de julio de 1813 lo siguiente: "Siendo enteramente contrario a la decencia del culto que en los Santos Alcáceres destinados a adorar a la Divinidad, se conserve el abuso de la inhumación de los cuerpos en las iglesias.
Y debiéndose además ser enterrados decorosamente los cuerpos, para alejar de este modo la triste memoria excitativa de los más agudos sentimientos; y tributar igualmente el último homenaje de las reliquias del hombre; se expedirán las más estrechas Ordenes al Reverendo Obispo y Prelados Regulares, en su comprensión, para que faciliten respectivamente los cementerios (que tienen al lado de sus iglesias) bendiciéndolos conforme al Ceremonial y cooperando todos a que se forme un panteón público.
Que en lo sucesivo no se atreva Eclesiástico alguno mandar enterrar los muertos en sus templos.
Se tendrá entendido V.S. para su debida observancia en el territorio de su mando".
Se fijaba el plazo de ocho días para el cumplimiento de esta orden. En este plazo LOS DOMINICOS, FRANCISCANOS, MERCEDARIOS, LAS CARMELITAS Y CATALINAS contestaron haber cumplido con disponer el terreno adjunto a sus iglesias. (Datos sueltos del P. Grenón. Cuaderno 2, páginas 25, 26. Archivo de San Jerónimo).
1818 - Con fecha 3 de abril de 1818 el Cura Rector de la Catedral reclamó ante el Sr. Provisor General del Obispado:
"Los Curas Rectores del Sagrario de esta Santa Iglesia Catedral hacen presente a Va. Sa., con su mayor respeto, que siendo incuestionable el derecho que asiste al párroco de acompañar al cadáver desde la casa mortuoria hasta la Iglesia, donde se verifica el sepultamiento, es por su consiguiente, necesario muy subversiva la práctica que se observa de que los dolientes, sorprendiendo a los Prelados Regulares, depositen los cadáveres en sus conventos sin licencia del cura de la semana del cuidado del Sagrario".
A base de esto, se da cuenta de unos veinte de familias distinguidas, que fueron traídos de fuera para enterrarlos en cementerios de conventos. (Idem, pág. 27. Arch. de San Jerónimo)

1820. - Una gestión anacrónica

Así debe calificarse la que realizó la Asamblea por medio de oficio al Poder Ejecutivo pidiendo dejase subsistente el privilegio de enterrar en las iglesias.
Fue el diputado Doctor Domingo Malde, quien en sesión del 6 de diciembre de 1820 renovó la denuncia "sobre la alteración notable que sufría en el país la ley y costumbre recibida, conforme a las cuales se concede a cada ciudadano la expresada franquicia, aún con "diezmo de los párrocos y la necesidad justa que había de restablecerla"
A pluralidad de votos se accedió a lo propuesto y la nota pasada al Gobierno de la Provincia fue del tenor siguiente:
              "Al Señor Gobernador intendente de la Provincia".
"Enterada esta Honorable Asamblea por uno de sus vocales de hallarse notablemente alterada la ley y costumbre recibida en el país que concede a cada vecino el privilegio de depositar los cadáveres en las Iglesias, aún con el diezmo de los párrocos; ha acordado en sesión de ayer que U. vele sobre la observancia, removiendo los obstáculos que se opongan, y si fuere cierto que esto nace de auto o mandamiento contrario emanado del Señor Provisor (autoridad eclesiástica), según se halla informada la sala, proceda como corresponde y la ley, lo que comunicó a V.S. para su inteligencia y cumplimiento".
    "Dios guarde a V.S. muchos años." "Sala de Sesiones 7 de 1820" Dr. José Roque Funes. Pte. Arias. Vocal Secretario. (Archivo de Gobierno. Libro de Comunicaciones Varias. Año 1820).

1831. - Encomiable iniciativa de la autoridad eclesiástica.

Verdaderamente sugerente es la actitud del Sr. Provisor Licenciado doctor Benito Lascano bregando por la suspensión de los enterramientos en las iglesias, a cuyo efecto ofició al señor Gobernador de la Provincia, en los términos que informa la nota, que se transcribe.
Su gestión estaba acorde con la anterior prohibición en contra de la que se pronunció la Asamblea del año 20. Es del caso dejar constancia que partió de la misma autoridad eclesiástica la iniciativa de suprimir aquella práctica, que se había tornado anti-higiénica.
He aquí el documento, que señala históricamente el sitio, que pertenecía jurisdiccionalmente en lo espiritual a la Parroquia de la Catedral, única por ese entonces en la ciudad y era atendida por sus Curas Rectores; y donde se habría levantar 12 años más tarde el cementerio y la Iglesia de San Jerónimo, circuidos por la población del Barrio Alberdi de la populosa ciudad de Córdoba actual. La nota de autoridad eclesiástica, que sugiere la creación de una capilla se refiere ciertamente a este lugar, que se denominará entonces "los indios del pueblito" y hace que nos sintamos coterráneos de aquellos.
Dice así:
             El Cementerio y La Iglesia. Córdoba, 28 de septiembre de 1831
"La población conocida por "los indios del Pueblito", fundada en extramuros de esta ciudad a la parte del poniente, ha convidado siempre a la construcción de una Capilla en que dichos indios puedan cumplir con los preceptos de la Iglesia. Ahora que la población se ha extendido y los habitantes de las quintas distan de nuestros templos, de modo que sus actos religiosos nunca podrán practicarlos sin grave incómodo, se hace más benéfica la fundación de la capilla indicada. Esta necesidad es más ostensible, si consultando la salud pública, nos fijamos en la de formar un cementerio para sepultar los cadáveres de los habitantes a distancia del centro. Las leyes sabiamente lo han dispuesto así, para que los corrompidos aires que exhalan los sepulcros no contagien  la población; se preserven las epidemias; se evite el hedor intolerable; las muertes repentinas; y para procurar la limpieza en las Iglesias. Si examinamos física, médica, historial y aún canónicamente la materia del sitio de los cementerios, encontramos disertaciones de hombres literatos, dictámenes de la Academia Médica de Barcelona y Pastorales de Obispos Doctos, que convienen que los cementerios se construyan extramuros para impedir los males indicados. Levantando el nuevo templo del pueblito por el paternal amor que a V.E. le merecen los habitantes de su Provincia se habrán llenado los designios de los hombres que calculan que calculan sobre la felicidad del Estado. Por esto es que el Provisor se dirige a V.E., por la licencia por su parte necesaria, para edificar ese templo y por la cooperación en los gastos que han de insumirse no obstante que debe ser sencillo, decente y de poco costo." Licenciado Benito Lascano al Señor Gobernador y Capitán General de esta Provincia ( Archivo de Gobierno. Libro 126 F, Año 1831)

CONSIDERACIONES ACTUALES SOBRE INSALUBRIDAD

Según lo antes expuesto es claro e indiscutible que el cementerio es un lugar INSALUBRE, pero antes de llegar a este punto hay que tener en cuenta ciertas consideraciones que nos darán un conocimiento cabal y completo de los distintos puntos que abarca este tema y que principalmente atañe a los trabajadores del cementerio. Para poder entender más concretamente en que circunstancias se encuenta alguien que trabaja en este ámbito, lo primero que hay que saber es que se dividen en dos grupos o clases de trabajadores, están LOS MUNICIPALES Y LOS CUIDADORES DE PANTEONES.

LOS TRABAJADORES MUNICIPALES: Son trabajadores que dependen del Estado Municipal (Municipalidad de la Ciudad de Córdoba), cuestionados siempre por la ciudadanía por sus altos sueldos, la manera de dirigirse al público o la poca o casi nula preparación con respecto a la tarea que realizan, sin embargo hay que decir que es un trabajo difícil de ejecutar si no se tiene la templanza o el espíritu para aguantar el dolor ajeno y las demás consecuencias de estar en contacto diariamente con cadáveres si bien su estatuto lo contempla y lo considera "tarea penosa" y su salario se ve beneficiado 50%  (cincuenta por ciento) de su básico; gran conquista de su gremio por ese reconocimiento. Aunque debería ser por insalubridad.
DETALLES DE SU TAREA: Inhumaciones, exhumaciones, traslados y cremaciones

Por el otro lado tenemos a los CUIDADORES DE LOS PANTEONES: Son trabajadores que dependen de Asociaciones Civiles o Congregaciones Religiosas que poseen panteones sociales colectivos (edificios que en definitiva no dejan de ser depósitos de cadáveres) pertenecen a distintos gremios que no contemplan la tarea que realizan, dejándolos expuestos a una mala situación económica y sin armas para poder reclamar ante sus patronales, muchas veces olvidados por estas últimas y también por sus respectivos Sindicatos.
NO SE LES RECONOCE LA INSALUBRIDAD, lo que es aún peor pasado algunos años la consecuencia de estar en contacto directo con los gases de la putrefacción o líquidos pútridos a causa de ataúdes reventados o la secuela psicológica que deja el dolor ajeno le acarreará graves problemas de salud.
DETALLES DE SU TAREA: Supervisión de los distintos movimientos (inhumaciones, exhumaciones, traslados) que se realizan por medio de una orden que autoriza la Dirección del Cementerio y lleva el empleado Municipal, atención al público (acompañar y ayudar a los deudos), mantenimiento y limpieza.



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